A través del Boletín Oficial, se puntualizaron todas las medidas a tener en cuenta para poder circular por el país en micros y trenes de media y larga distancia.
De cara a la próxima temporada de verano, el Gobierno nacional definió este martes la cantidad de pasajeros que podrán viajar en los micros de media y larga distancia y en los ferrocarriles, así como también las condiciones de higiene que deberán guardar las unidades.
Según quedó establecido en las disposiciones 294/2020 y 295/2020 publicadas en el Boletín Oficial, la capacidad para los micros de media y larga distancia será de 37 pasajeros en los vehículos «Semi Cama», 26 en los que tiene el servicio «Cama Ejecutivo» y 18 en los denominados «Cama Suite».
Los grupos familiares podrán comprar “pasajes para trasladarse en butacas adyacentes o de ubicación cercana, sin perjuicio del distanciamiento social que debe mediar respecto de los restantes” usuarios.
Los trenes, en tanto, deberán circular con una cantidad de pasajeros que no supere la capacidad de asientos disponibles y podrá haber hasta un pasajero parado por metro cuadrado en los espacios libres según el tipo de coche de cada formación.
Los micros urbanos, según la resolución 259/2020 publicada el lunes, podrán «circular con una cantidad de pasajeros que no supere la capacidad de asientos disponibles” y, “excepcionalmente, en los horarios de mayor requerimiento del servicio y ante el exceso de demanda, la capacidad podrá ampliarse hasta 10 pasajeros de pie”.
Medidas de prevención
Además de las capacidades máximas, los documentos firmados por el director de la Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT), José Ramón Arteaga, establecen distintas medidas de prevención para evitar la propagación del coronavirus.
Con respecto a los micros urbanos o interurbanos, las autoridades decidieron “extremar las condiciones de higiene en las unidades, cabeceras, terminales” y garantizar «la colocación de suministros de alcohol en gel, soluciones a base de alcohol y/o cualquier otro insumo que recomiende el Ministerio de Salud, en lugares de fácil acceso”.
También se tendrá que “proveer elementos de protección que cubran nariz, boca y mentón (podrán ser reutilizables), a los conductores y demás empleados que desarrollen tareas vinculadas a la actividad en las distintas instalaciones fijas de las empresas”.
Por otro lado, se recomienda la implementación de “los mecanismos necesarios para la toma de la temperatura de todos los trabajadores, tripulantes y pasajeros”, como así también “la ventilación, la desinfección y limpieza” asidua, “en especial de los espacios comunes y sanitarios”.
Por otro lado, en los micros de larga distancia “quedan momentáneamente suspendidos los servicios de comidas y bebidas provistos por la empresa”, aunque “los pasajeros sí podrán traer consigo provisiones para consumir durante el trayecto”.
En relación a los ferrocarriles, tanto de carga como de pasajeros, las empresas prestatarias tendrán que «adoptar medidas concretas dirigidas a evitar la conglomeración de personas principalmente dentro de las formaciones modificando, de ser necesario, el cronograma establecido y la frecuencia de salida».
También se exigirá el control de «temperatura a los conductores y guardas, mientras que los usuarios serán sometidos a lo mismo antes de abordar y al bajar». Además, todo el personal «deberá tener acceso a los insumos de protección y/o higiene básicos conforme a las recomendaciones del Ministerio de Salud».
En el caso de los trenes de larga distancia, se procurará “la reposición de protectores para apoya cabeza en cada servicio” y “el cambio de cortinados por cada viaje”.
Aire acondicionado
Conforme a nuevas recomendaciones del Ministerio de Salud en lo que respecta a la ventilación de los micros, explican los documentos publicados este martes, «se deberá contemplar la posibilidad de proceder al reemplazo frecuente de los filtros de los aires acondicionados, explorar la alternativa del uso de filtros HEPA portátiles o en su caso, deberá garantizarse que el sistema de aire acondicionado no funcione en modo recirculación y que cumplan con las 20 renovaciones de aire por hora».
Si el micro no cuenta con aire acondicionado, deberá circular «con la totalidad de los ventiletes y/o ventanillas abiertos durante todo el viaje a fin de mantener la máxima circulación de aire».
Si el micro no cuenta con aire acondicionado, deberá circular «con la totalidad de los ventiletes y/o ventanillas abiertos durante todo el viaje a fin de mantener la máxima circulación de aire».
Para el caso de los micros con aire acondicionado, las autoridades determinaron que «deberán circular con la totalidad de los ventiletes y/o ventanillas abiertas durante todo el viaje a fin de mantener la circulación de aire y, además, en época de altas temperaturas, se accionará el aire acondicionado en un modo que garantice la mayor cantidad de toma de aire del exterior (no recirculación)».
Asimismo, «se debe asegurar la limpieza y desinfección continuada de los equipos y conductos de estos sistemas».
Para los trenes, se aplicará una lógica similar. Si el coche ferroviario no cuenta con aire acondicionado, deberá «prestar servicio con la totalidad de las ventanas abiertas durante todo el viaje, a fin de mantener la máxima circulación del aire».