166
Estos días tienen una connotación muy significativa para todos los cristianos particularmente para la feligresía católica en nuestro país, conforme a la tradición de la Semana Santa.
En nuestro país, la Ley 27.399 Feriados nacionales y días no laborables, establece como días feriados nacionales y días no laborables en todo el territorio de la Nación, entre otros los siguientes:
Feriados: Viernes Santo.
Días no laborables: jueves Santo.
Por lo tanto conforme la naturaleza de tales fechas que sin dudas son días que tienen una alta consideración y significancia para la religión católica y toda su feligresía, y conforme a la tradición que rige en Semana Santa en el ámbito administrativo de la Provincia, en tales fechas no habrá actividad laboral quedando solamente obligados las guardias y/ los servicios esenciales del estado conforme la programación que establezca cada jurisdicción.