La decisión, publicada en el Boletín oficial, determinó que el producto está «falsamente rotulado».
Según la Disposición 492/2022, el organismo establece la prohibición de “la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional del producto falsificado en cuyo rótulo luce: Mayonesa reducida en valor lipídico libre de gluten sin tacc, marca: NATURA, nombre de fantasía: mayonesa con jugo de limón, RNE: 19000208-9, RNPA: 19010390, VEN: 28/03/22 05 L: 01/07/21 2138 1V4, por carecer de registros y por estar falsamente rotulado al utilizar registros de un establecimiento y producto pertenecientes a la firma NIZA S.A, resultando ser un producto ilegal”.
El Departamento Vigilancia Sanitaria y Nutricional de los Alimentos del Instituto Nacional de Alimentos recibió una denuncia por parte de la firma “NIZA SOCIEDAD ANÓNIMA”, titular de la marca Natura, ya que habían detectado la comercialización de un producto que utilizaba la información de la empresa de alimentos.
El Departamento de Inspección Sanitaria del INAL, realizó una inspección en un comercio barrial de la Ciudad de Buenos Aires, donde se verificó la comercialización del producto, se tomaron muestras para el análisis y se dejó mercadería intervenida hasta tanto la autoridad sanitaria se expida al respecto.
El INAL logró determinar que el envase de la mayonesa que ofrecía el comercio tenía un packaging distinto al de Natura: el producto genuino lleva la imagen de una pechuga con rodajas de limón y tomate en la base de un plato, mientras que en el producto falsificado, la imagen central es medio tomate, rabanitos, huevo, camarón.
En consecuencia, se determinó que se trata de un producto “falsificado” por carecer de registros y estar falsamente etiquetado al consignar en su rótulo los registros de establecimiento y producto pertenecientes a la razón social NIZA S.A, marca Natura.
“A fin de proteger la salud de los ciudadanos ante el consumo de productos ilegales, toda vez que se trata de un producto alimenticio que carece de registro, motivo por el cual no puede garantizarse su trazabilidad, sus condiciones de elaboración, su calidad con adecuados niveles de control bajo las condiciones establecidas por la normativa vigente y su inocuidad, el Departamento de Rectoría en Normativa Alimentaria del INAL recomienda prohibir la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional de los citado alimento”, establece la Disposición.