Mediante juicio abreviado en esta mañana recibió la condena.
El polémico caso que tomara notoriedad nacional al haber concurrido a varias «juntadas» fue condenado a tres años de prisión en suspenso al ser considerado culpable del delito de «propagación culposa de enfermedad peligrosa y contagiosa», considerado culpable de infringir los artículos 203 y 205, al violar las disposiciones dictadas en el marco del aislamiento social, preventivo y obligatorio por la pandemia de Coronavirus.
La audiencia, que se llevó a cabo de manera virtual, finalizó con el acuerdo entre el fiscal Sebastián Robles y la defensa de Ávila, a cargo de Francisco Palau y la aprobación de la jueza de Control y Garantías, Dra. María Pía Danielsen.
En la audiencia, la fiscalía detalló los elementos de prueba recabados durante la investigación, enumeró las evidencias colectadas y declaraciones testimoniales, en donde se detalla las situaciones en las cuales el acusado con evidentes síntomas compatibles con COVID-19 se reunió y mantuvo contacto estrecho con un número indeterminado de personas actuando de una manera negligente e irresponsable.
Asimismo, el encartado desoyó los lineamientos de las conductas prohibidas en el DNU dispuesto por las autoridades competentes para evitar la propagación de una epidemia.